Seguro de Vida Superación Plus
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Superación Plus
El Superación Plus de MAPFRE, está orientado para diseñar un esquema de ahorro para asegurar la educación de tus hijos cuando cumplan 15, 18 o 22 años, siendo los menores los asegurados principales, con opción a incorporar beneficios adicionales para ti o para el contratante.
- Plazo de Contratación: Los Plazos del plan son Edad Alcanzada, de acuerdo a estas 3 opciones:
a) Edad Alcanzada 15 años
b) Edad Alcanzada 18 años
c) Edad Alcanzada 22 años
Nota: Plazo mínimo del seguro es de 5 años.
- Edades de aceptación: Las edades de aceptación varían de acuerdo al plazo seleccionado:
a) Edad Alcanzada 15 años: Menor de 0 a 10 años
b) Edad Alcanzada 18 años: Menor de 0 a 13 años
c) Edad Alcanzada 22 años: Menor de 0 a 17 años
- Moneda: Dólares y UDIS.
Coberturas
- Temporal Individual
Cubre en caso de que ocurra el fallecimiento del Asegurado Titular durante la vigencia del seguro. - Temporal Mancomunado
Cubre en caso de que ocurra el primer fallecimiento de cualquiera de los dos Asegurados (Asegurado Titular o Asegurado Mancomunado).En caso de que ocurriera el fallecimiento simultáneo por accidente, se pagará el 200% de la Suma Asegurada contratada para esta cobertura.
- Exención de pago de Primas por Fallecimiento
Cubre en caso de que el Contratante o Asegurado Titular llegara a fallecer antes de finalizar el plazo del seguro contratado, sin más pago de primas, la cobertura Básica de los asegurados menores, continuará en vigor hasta el vencimiento de la póliza o bien hasta que ocurra el fallecimiento del (os) Asegurado(s) Menor(es).
- Exención de Pago de Primas por Invalidez Total y Permanente
Cubre en caso de que el Contratante o Asegurado Titular llegara a verse imposibilitado de manera total y permanente para desempeñar su trabajo habitual o cualquier otro compatible con sus conocimientos y aptitudes por un accidente o enfermedad durante la vigencia de la póliza, sin más pago de primas, la cobertura Básica y la cobertura Temporal (si la tiene contratada) continuarán en vigor hasta el vencimiento de la póliza. - Pago Adicional de Suma Asegurada por Invalidez Total y Permanente
Cubre en caso de que el Asegurado Titular llegara a verse imposibilitado de manera total y permanente para desempeñar su trabajo habitual o cualquier otro compatible con sus conocimientos y aptitudes por un accidente o enfermedad durante la vigencia de la póliza, se pagará la Suma Asegurada de esta cobertura al Asegurado Titular. - Alternativa de Inversión: Dotales a Corto Plazo
Mecanismo que permite al asegurado contar con un ahorro en su póliza o para tener un respaldo ante imprevistos de pago de la misma, accediendo a tasas.
Beneficios
Los Beneficios que ofrece MAPFRE contratando Superación Plus, son:
Beneficios del plan para ti
Herencia educacional
Beneficios
Funciona como un plan diseñado para ti como papá o tutor del menor, ya que puedes contar con beneficios dentro de la póliza como protección por fallecimiento o invalidez total y permanente, que garantice que pase lo que pase, el sueño de darle o darles la mejor educación, se cumplirá.
Proyectos
Beneficios del plan para el menor
Exito
La escuela o Institución escolar, será la responsable de darle los elementos educacionales y tú serás el responsable de financiar esos conocimientos, que serán la base de su éxito.
Formación educacional
Dinero extra
¿Por qué contratar Superación Plus?
Es una forma de proteger los recursos para la educación.
Dentro del mismo plan, se puede ahorrar para la educación de varios menores
El plan puede ser contratado por padres, abuelos, familiares o persona interesada en garantizar el futuro profesional del menor, siempre que los padres estén de acuerdo y otorguen su autorización.
Documentación Contractual
Las Condiciones Generales, son parte del contrato de los seguros de vida, estipulan y regulan los aspectos principales del plan contratado, así como definir términos técnicos utilizados en la póliza, descripción de coberturas, detalle de exclusiones o situaciones no cubiertas por el seguro por mencionar algunos, que permitirán la sana relación entre Asegurado y Aseguradora.
Información Adicional
Solicitud CNSF-S0041-0318-2020 CONDUSEF-004437-02
Anexo para solicitar SA mayor a 1.5 mdp CNSF-S0041-0318-2020 CONDUSEF-004437-02
Anexo Superación CNSF-S0041-0318-2020 CONDUSEF-004437-02
Auto declaración de Información Fiscal- Personas físicas CNSF-S0041-0318-2020
Auto declaración de Información Fiscal- Personas morales CNSF-S0041-0318-2020
Carátula de póliza CNSF-S0041-0318-2020 CONDUSEF-004437-02
Endoso de ajuste automático de SA CNSF-S0041-0318-2020 CONDUSEF-004437-02
Requisitos y Restricciones
Existen a su vez condiciones de cada asegurado, que podrían considerarse restricciones de contratación.
Recomendaciones de uso
Una vez recibidas las Condiciones Generales:
Léelas detenidamente y en caso de alguna duda, tu agente de seguros podrá orientarte al respecto, recuerda que entre más claro te queden las clausulas básicas y principales, estarás más tranquilo y sabrás que has tomado la mejor decisión.
Una vez que la vigencia de tu seguro ha comenzado:
Te sugerimos añadir de inmediato el pago de tu póliza al ¨presupuesto familiar¨, esto te ayudará a administrarla adecuadamente y ser puntual en los pagos.
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Preguntas Frecuentes
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Anotaciones aclaratorias
/1 Las siguientes son consideradas Sociedades Financieras, Entidades y Dependencias Gubernamentales incluidas en el Régimen Simplificado: Sociedades Controladoras de Grupos Financieros, Fondos de Inversión, Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro, Sociedades Operadoras de Fondos de Inversión, Sociedades Distribuidoras de Acciones de Fondos de Inversión, Instituciones de Crédito, Casas de Bolsa, Casas de Cambio, Administradoras de Fondos para el Retiro, Instituciones de Seguros, Sociedades Mutualistas de Seguros, Instituciones de Fianzas, Almacenes Generales de Depósito, Sociedades cooperativas de Ahorro y Préstamo, Sociedades Financieras Populares, Sociedades Financieras de Objeto Múltiple Reguladas, Uniones de Crédito, Sociedades Emisoras de Valores cuyos valores se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Valores, Entidades Financieras del Exterior que se encuentren constituidas en países o territorios en los que se apliquen medidas para prevenir, detectar y combatir operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo y que estén supervisadas respecto del cumplimiento de tales medidas, Entidades y Dependencias públicas federales, estatales y municipales, Bolsa de Valores, Empresas que administren mecanismos para facilitar las transacciones con valores ,Contrapartes Centrales, Proveedores de Precios e Instituciones Calificadoras de Valores.
/2 Control se refiere a la capacidad de una persona o grupo de personas, a través de la propiedad de valores, por la celebración de un contrato o por cualquier otro acto jurídico, para: i. Imponer, directa o indirectamente, decisiones en la asamblea general de accionistas o de socios o en el órgano de gobierno equivalente de una persona moral, ii. Nombrar o destituir a la mayoría de los consejeros, administradores o equivalentes de una persona moral, iii. Mantener la titularidad de derechos que permitan, directa o indirectamente, ejercer el voto respecto de más del cincuenta por ciento del capital social de una persona moral y iv. Dirigir, directa o indirectamente, la administración, la estrategia o las principales políticas de una persona moral. Adicionalmente, se entenderá que ejerce el Control aquella persona física que directa o indirectamente, adquiera el veinticinco por ciento o más de la composición accionaria o del capital social, de una persona moral. Cuando no exista una persona física que posea o controle, directa o indirectamente, un porcentaje igual o superior al 25% del capital o de los derechos de voto de la persona moral de que se trate, o que por otros medios ejerza el Control, directo o indirecto, de la persona moral, se considerará que ejerce dicho Control el administrador o administradores de la misma, entendiéndose que ejerce la administración, la persona física designada para tal efecto. Cuando el administrador designado fuera una institución fiduciaria, se entenderá que el Control es ejercido por la persona física nombrada como administrador del Fideicomiso.
/3 Respecto de las profesiones, a continuación se presentan los ejemplos de actividades vulnerables o actividades de alto riesgo: Profesiones: Agente de rifas y sorteos (quinielas y lotería), Anticuario, Centro cambiario, Compraventa de armas de fuego, Compraventa de automóviles y camiones nuevos o usados, Compraventa de bienes inmuebles y artículos diversos, Compraventa de casas y otros inmuebles, Compraventa de inmuebles de casa habitación, Compraventa de joyas, Compraventa de partes y refacciones para vehículos aéreos, Compraventa de relojes, Compraventa de terrenos, Compraventa de vehículos acuáticos y sus refacciones, Compraventa de vehículos aéreos, Compraventa de vehículos, embarcaciones o aeronaves usados, Desarrollador de vivienda, Diamantista, Fabricación de armas, Montepío, Prestamista, Servicios de blindaje para inmuebles y/o vehículos y Subastador. Actividades Económicas: Activos virtuales, Agencias de rifas y sorteos (quinielas y lotería), Arrendamiento de inmuebles residenciales, Asociación o sociedad sin fines de lucro, Bares y cantinas, Caja de ahorro, Casa de cambio, Casa de subastas, Casas de empeño, Casino, Centro cambiario, Centro nocturno, Comercialización de tarjetas de crédito o servicios, Compraventa accesorios de armas de fuego, Compraventa de antigüedades, Compraventa de armas de fuego, Compraventa de automóviles y camiones nuevos o usados, Compraventa de bienes inmuebles y artículos diversos, Compraventa de casas y otros inmuebles, Compraventa de diamantes, Compraventa de inmuebles de casa habitación, Compraventa de joyas, Compraventa de obras de arte, Compraventa de partes y refacciones para vehículos aéreos, Compraventa de relojes, Compraventa de terrenos, Compraventa de vehículos acuáticos y sus refacciones, Compraventa de vehículos aéreos, Compraventa de vehículos, embarcaciones o aeronaves nuevos o usados, Desarrollador de vivienda, Dispersor de fondos, Emisión y comercialización de cheques de viajero, Empresas de autofinanciamiento automotriz, Empresas de autofinanciamiento residencial, Fabricación de armas, Galerías de artes gráficas y museos, Hipódromo, Juegos de feria y apuestas, Montepío, Empresa Offshore, Operaciones de mutuo o garantía, Organización de beneficencia, Organización de caridad, Otorgamiento de créditos, Plaza de toros, Promoción de otros espectáculos, Servicios de blindaje para inmuebles y/o vehículos, Servicios de bufetes jurídicos y legales, servicios de contabilidad y auditoría, Servicios de reparación de relojes y joyas, Servicios relacionados con inmuebles, Sociedades de ahorro y crédito popular, Sociedades financieras de objeto limitado, Sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas, Tarjeta de crédito o de servicios, Transmisores de dinero y Uniones de crédito.