Seguro Recuperación Médica RM15
El Seguro Recuperación Médica 15 es un seguro individual de Gastos Médicos que cubre las 15 causas de reclamación más frecuentes, así como Accidentes Infantiles.
O si lo prefieres llámanos al
El plan permite al Asegurado recibir una indemnización por la suma asegurada del paquete contratado cuando se le diagnostique un padecimiento cubierto y sus primeras manifestaciones o primer gasto para diagnóstico o tratamiento se presenten durante la vigencia del seguro, una vez agotados los períodos de espera.
¿Por qué contratar Seguro Recuperación Médica 15?
- No existe deducible ni coaseguro.
- Tarifa única para cualquier edad y sexo.
- Deducible de impuestos.
- Proceso de selección menos riguroso, ya que tan sólo se debe contestar un sencillo cuestionario.
- El tratamiento puede ser en hospital público o privado.
Coberturas
Padecimientos Cubiertos
- Apendicitis (Apendicectomía)
- Cáncer en mayorías de las formas
- Divertículos del Colon
- Enfermedad Vascular Cerebral
- Extirpación Quirúrgica de Ovarios
- Hernia Abdominal
- Hernia Inguinal
- Hiperplasia Prostática Benigna
- Histerectomía
- Infarto al Miocardio
- Litiasis Renal
- Litiasis Vesicular
- Neumonía
- Pancreatitis
- Tumores Benignos
- Úlcera Duodenal
- Úlcera Gástrica
- Accidentes Infantiles
Principales Características
- Cobertura Nivel Nacional
- Límite de edad
Límite de edad 60 años para pólizas nuevas, renovación hasta los 69 años.
- Vigencia Anual
Beneficios y Ventajas
Central médica
Atención telefónica mediante CENTRAL MÉDICA las 24 horas del día los 365 días del año.
Único
Producto único en el mercado.
Deducible
No existe deducible ni coaseguro.
Tarifa única
Tarifa única para cualquier edad y sexo.
Paquetes
2 paquetes con tarifas específicas.
Tratamiento
El tratamiento puede ser en hospital privado o público.
Deducible
Proceso selección
Proceso de selección menos riguroso que un producto común de gastos médicos, sólo un sencillo cuestionario.
Indemnización
La indemnización es independiente del gasto generado.
Condiciones Generales
Requisitos y Restricciones
Los Requisitos para contratar un Seguro Recuperación Médica 15 de MAPFRE, piden detallar los datos requeridos:
- Selección de paquete con la suma asegurada deseada.
- Datos generales del contratante y/o titular de la póliza, dependientes económicos y beneficiarios.
- Datos comerciales (forma de pago).
- Cuestionario médico.
- Firma del titular y agente de seguros.
Las Restricciones para contratar el Seguro Recuperación Médica 15 de MAPFRE, son:
- Edades de aceptación hasta los 60 años para pólizas nuevas y 69 para renovación.
- Residencia habitual en la República Mexicana.
- Algunas exclusiones del seguro son:
- Realizar alguna de las ocupaciones excluidas en el Seguro contratado.
- Padecimientos preexistentes.
- Enfermedades no cubiertas en forma explícita por este seguro.
- Enfermedades que aun cuando estén cubiertas no ameritaron tratamiento hospitalario.
Para mayor información, consulta con tu agente de seguros o llámanos al teléfono 52-30-70-00 ó 8000-62-73-73 dentro de la República Mexicana.
Recomendaciones de uso
En el momento de contratar un Seguro de Gastos Médicos, hay varios puntos que debes tener claros para garantizar que tu elección está siendo la correcta y para saber cómo puedes beneficiarte de sus Garantías y Coberturas.
Agente profesional
Contrato
Condiciones generales
Beneficiarios
Lugar seguro
Credencial
Puntual
Examen médico
Noticias
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Preguntas Frecuentes
Consulta las preguntas frecuentes sobre seguros
Anotaciones aclaratorias
/1 Las siguientes son consideradas Sociedades Financieras, Entidades y Dependencias Gubernamentales incluidas en el Régimen Simplificado: Sociedades Controladoras de Grupos Financieros, Fondos de Inversión, Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro, Sociedades Operadoras de Fondos de Inversión, Sociedades Distribuidoras de Acciones de Fondos de Inversión, Instituciones de Crédito, Casas de Bolsa, Casas de Cambio, Administradoras de Fondos para el Retiro, Instituciones de Seguros, Sociedades Mutualistas de Seguros, Instituciones de Fianzas, Almacenes Generales de Depósito, Sociedades cooperativas de Ahorro y Préstamo, Sociedades Financieras Populares, Sociedades Financieras de Objeto Múltiple Reguladas, Uniones de Crédito, Sociedades Emisoras de Valores cuyos valores se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Valores, Entidades Financieras del Exterior que se encuentren constituidas en países o territorios en los que se apliquen medidas para prevenir, detectar y combatir operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo y que estén supervisadas respecto del cumplimiento de tales medidas, Entidades y Dependencias públicas federales, estatales y municipales, Bolsa de Valores, Empresas que administren mecanismos para facilitar las transacciones con valores ,Contrapartes Centrales, Proveedores de Precios e Instituciones Calificadoras de Valores.
/2 Control se refiere a la capacidad de una persona o grupo de personas, a través de la propiedad de valores, por la celebración de un contrato o por cualquier otro acto jurídico, para: i. Imponer, directa o indirectamente, decisiones en la asamblea general de accionistas o de socios o en el órgano de gobierno equivalente de una persona moral, ii. Nombrar o destituir a la mayoría de los consejeros, administradores o equivalentes de una persona moral, iii. Mantener la titularidad de derechos que permitan, directa o indirectamente, ejercer el voto respecto de más del cincuenta por ciento del capital social de una persona moral y iv. Dirigir, directa o indirectamente, la administración, la estrategia o las principales políticas de una persona moral. Adicionalmente, se entenderá que ejerce el Control aquella persona física que directa o indirectamente, adquiera el veinticinco por ciento o más de la composición accionaria o del capital social, de una persona moral. Cuando no exista una persona física que posea o controle, directa o indirectamente, un porcentaje igual o superior al 25% del capital o de los derechos de voto de la persona moral de que se trate, o que por otros medios ejerza el Control, directo o indirecto, de la persona moral, se considerará que ejerce dicho Control el administrador o administradores de la misma, entendiéndose que ejerce la administración, la persona física designada para tal efecto. Cuando el administrador designado fuera una institución fiduciaria, se entenderá que el Control es ejercido por la persona física nombrada como administrador del Fideicomiso.
/3 Respecto de las profesiones, a continuación se presentan los ejemplos de actividades vulnerables o actividades de alto riesgo: Profesiones: Agente de rifas y sorteos (quinielas y lotería), Anticuario, Centro cambiario, Compraventa de armas de fuego, Compraventa de automóviles y camiones nuevos o usados, Compraventa de bienes inmuebles y artículos diversos, Compraventa de casas y otros inmuebles, Compraventa de inmuebles de casa habitación, Compraventa de joyas, Compraventa de partes y refacciones para vehículos aéreos, Compraventa de relojes, Compraventa de terrenos, Compraventa de vehículos acuáticos y sus refacciones, Compraventa de vehículos aéreos, Compraventa de vehículos, embarcaciones o aeronaves usados, Desarrollador de vivienda, Diamantista, Fabricación de armas, Montepío, Prestamista, Servicios de blindaje para inmuebles y/o vehículos y Subastador. Actividades Económicas: Activos virtuales, Agencias de rifas y sorteos (quinielas y lotería), Arrendamiento de inmuebles residenciales, Asociación o sociedad sin fines de lucro, Bares y cantinas, Caja de ahorro, Casa de cambio, Casa de subastas, Casas de empeño, Casino, Centro cambiario, Centro nocturno, Comercialización de tarjetas de crédito o servicios, Compraventa accesorios de armas de fuego, Compraventa de antigüedades, Compraventa de armas de fuego, Compraventa de automóviles y camiones nuevos o usados, Compraventa de bienes inmuebles y artículos diversos, Compraventa de casas y otros inmuebles, Compraventa de diamantes, Compraventa de inmuebles de casa habitación, Compraventa de joyas, Compraventa de obras de arte, Compraventa de partes y refacciones para vehículos aéreos, Compraventa de relojes, Compraventa de terrenos, Compraventa de vehículos acuáticos y sus refacciones, Compraventa de vehículos aéreos, Compraventa de vehículos, embarcaciones o aeronaves nuevos o usados, Desarrollador de vivienda, Dispersor de fondos, Emisión y comercialización de cheques de viajero, Empresas de autofinanciamiento automotriz, Empresas de autofinanciamiento residencial, Fabricación de armas, Galerías de artes gráficas y museos, Hipódromo, Juegos de feria y apuestas, Montepío, Empresa Offshore, Operaciones de mutuo o garantía, Organización de beneficencia, Organización de caridad, Otorgamiento de créditos, Plaza de toros, Promoción de otros espectáculos, Servicios de blindaje para inmuebles y/o vehículos, Servicios de bufetes jurídicos y legales, servicios de contabilidad y auditoría, Servicios de reparación de relojes y joyas, Servicios relacionados con inmuebles, Sociedades de ahorro y crédito popular, Sociedades financieras de objeto limitado, Sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas, Tarjeta de crédito o de servicios, Transmisores de dinero y Uniones de crédito.